¿Hacienda te tiene en la UCI? En 2025, el Supremo, le dio un bofetón al Gobierno y marcó el norte para borrar tus pufos.

La “picadita previa” –  Por qué hablar «abogado» es un deporte de riesgo

Confesión de parte: a veces los abogados parecemos una mezcla entre los que redactan los prospectos de los medicamentos y un manual de instrucciones de IKEA en alemán.

Hablamos raro, y lo peor es que pensamos que la gente nos entiende.

El otro día estaba con un cliente analizando si su Ley de Segunda Oportunidad era viable. Yo, con mi cara de «tengo el código civil en la mesita de noche», le pregunto: «Dígame, Don Daniel Quinteros, ¿tiene usted algún bien inmueble a su nombre?». Él me mira con lástima y me suelta: «¡Qué va, hijo! Si los pocos que tengo están para la basura, de milagro no se me rompe la silla cuando me siento»

Yo, en mi ingenuidad jurídica, ya estaba visualizando un concurso sin bienes, una limpieza de deudas exprés. «¡Fantástico!», pensé.

Hasta que llegaron las notas del Registro de la Propiedad. Sorpresa: Don Daniel tenía una casa. Resulta que para él, ¡un «inmueble» sonaba peligrosamente a «mueble»! Y como sus muebles tenían más años que el hilo negro, su respuesta fue un «no» rotundo.

Él pensaba en el aparador de su abuela y yo en el Artículo 192 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC). Casi nos pegamos un tiro en el pie con el administrador concursal por culpa de una sílaba.

Esta anécdota me recordó que, por mucho que nos guste el lenguaje rimbombante, la realidad es que el Derecho a Comprender no es una opción, es una obligación legal.

La Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia (Art. 7) dice que el lenguaje jurídico debe ser sencillo. Vamos, que si tengo que explicarte la Ley 16/2022 (la reforma de la Segunda Oportunidad), mi trabajo es que no parezca que estoy invocando a un demonio en latín.

Ahora sí, vamos al lio….

Seguramente has oído hablar de la Ley de la Segunda Oportunidad, ese «reseteo» financiero para los que, tras un mal negocio o un giro cruel del destino, terminan enterrados en deudas. Pero seamos sinceros: cuando la deuda era con «Papá Estado» (AEAT o TGSS), la fiesta se acababa pronto, como suele decirse, el dueño de la pelota, siempre gana. Hasta ahora.

El 20 de marzo de 2025, el Tribunal Supremo dictó la Sentencia 450/2025. Y aunque el palabrerío jurídico suele ser áspero, esta vez nos ha dejado un aroma a justicia poética para los que estamos peleando concursos ahora mismo.

1. Te hago «Spoiler». Al Gobierno se le fue la mano.

Para entenderlo rápido: en 2020, el Gobierno se puso el traje de sheriff y redactó el artículo 491.1 del TRLC diciendo que la deuda pública era intocable. Punto.

Pero el Supremo, con una elegancia demoledora, les ha dicho: «Oiga, que ustedes solo tenían permiso para “ordenar los papeles”, no para inventarse “superpoderes».

Al redactar ese texto, se pasaron de frenada. La ley original y la normativa europea buscan que la gente pueda empezar de cero de verdad, no de «cero a medias» dejando que Hacienda te persiga hasta debajo de la cama.

¿En qué te ayuda esto hoy? Aunque ahora usemos la ley reformada en 2022, esta sentencia es un misil ideológico. Nos dice que el objetivo del proceso no es que el Fisco te exprima hasta el último aliento, sino que vuelvas a la vida civil, emprendas y generes dinero sin una mochila de plomo de por vida.

2. El «Truco» de los 10.000 €: La ingeniería del perdón

Hoy manda el Art. 489.1.5º del TRLC. No es un «borra todo», sino un sistema de tramos que parece diseñado por un contable con remordimientos. Vamos a verlo con el caso de mi amigo «Voro», un notable informático que debe 20.000 € a entidades públicas:

Tramo 1 (La cortesía de la casa): De los primeros 5.000 €, se le perdona el 100%. (5.000 € al limbo).

Tramo 2 (A medias): De los 15.000 € restantes, se aplica el 50%… ¡PERO! con el freno de mano puesto en un tope total de 10.000 € de perdón.

Resultado final: Voro se quita 10.000 € de encima. Los otros 10.000 € se quedan.

Bonus Track: Esto funciona igual para la Seguridad Social.

3. La Regla de Oro: Que no seas un «pirata» (La Buena Fe)

Para que el Juez te mire con cariño, te “achuche” y te aplique la doctrina del Supremo, tienes que cumplir el Art. 487 de la ley concursal. No vale ser un pillo de manual. ¿Qué van a mirar con lupa?

Tu árbol genealógico penal: Nada de condenas por estafa o delitos contra Hacienda en los últimos 10 años (si la pena es >3 años).

Multas con «pedigrí»: Si tienes sanciones «muy graves» de la AEAT, el perdón se vuelve una cuesta arriba.

Sinceridad total: Si ocultas que tienes un Bitcoin por ahí o el coche a nombre de tu cuñado, el juez cerrará el grifo del perdón.

TAZA, TAZA, CADA UNO PARA SU CASA…

Estos son solo un par de tips de los miles que esconde este laberinto llamado Ley de Segunda Oportunidad. Seguiremos abriendo melones en próximos posts.

Un consejo de «amigo» (que te va a cobrar igual): Si ves que tu abogado empieza a citar artículos con los ojos en blanco y hablando en latín, no te asustes, no es un exorcismo. Es que se le ha olvidado que tú solo quieres que Hacienda te deje de respirar en la nuca. Tírale un café encima para que vuelva al mundo real.

P.D.: Los abogados cobramos por cada palabra difícil que usamos, así que si este blog te ha parecido fácil de entender, es que este domingo frío y nublado de invierno, me pone generoso… o que mi manual de instrucciones de IKEA venía en castellano y con dibujos.

                                                                                  Juan Pablo Hajdukowicz Sanhueza

                                                                 Exorcista del ilustre colegio de abogados de Valencia


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